Última revisión: octubre de 2026 · Escrito por Pedro Leyva, asesor fiscal en Gestoría Adade (Granada) · Cómo trabajamos
La pasarela al RETA es la vía que abre la Ley 2/2026 para que abogados, arquitectos, aparejadores y otros profesionales que cotizaron en una mutualidad alternativa pasen al régimen de autónomos de la Seguridad Social y conviertan lo ahorrado en años cotizados. La ley ya está en vigor, pero todavía no se puede pedir: falta el reglamento. La ley daba al Gobierno hasta el 29 de octubre de 2026 para aprobarlo y ese plazo ha vencido sin que se haya publicado.
En la gestoría nos lo preguntan sobre todo profesionales de 45 a 60 años que ven que su mutualidad les dará una pensión baja. Te explicamos qué está aprobado, qué falta por saber, a quién le compensa en principio y qué puedes ir preparando ya, con dos casos de Granada.
Lo que tienes que saber
- Norma: Ley 2/2026, de 29 de julio, publicada en el BOE el 31 de julio y en vigor desde el 1 de agosto de 2026.
- Quién: colegiados que estén o hayan estado en una mutualidad alternativa antes de esa fecha y que no cobren pensión de ningún régimen público ni de la mutualidad (salvo viudedad).
- Cuándo: tendrás un año para pedirla desde que entre en vigor el reglamento. Hoy todavía no se puede solicitar.
- Cómo cuenta: los derechos de la mutualidad se convierten en periodos cotizados con la base mínima del RETA y un coeficiente de 0,67 a 0,87.
- Mayores de 52: si tienes 52 años o más a 31 de diciembre de 2026, cada mes completo en la mutualidad cuenta como mes en el RETA para el porcentaje de tu pensión.
- Sin vuelta atrás: el paso es voluntario pero irreversible, y el traspaso está exento de impuestos.
Qué es la pasarela al RETA y por qué ahora
Hasta ahora, muchos profesionales colegiados podían elegir entre darse de alta como autónomos en la Seguridad Social o cotizar en la mutualidad de su colegio, la llamada mutualidad alternativa. Quien eligió la mutualidad no generaba derechos en el sistema público: su jubilación depende de lo que haya ahorrado allí, y en muchos casos son pensiones de pocos cientos de euros.
La Ley 2/2026 modifica la Ley General de la Seguridad Social y regula, en una nueva disposición transitoria, la transferencia voluntaria de esos derechos al sistema público. A cambio, el profesional queda de alta en el RETA de forma obligatoria e irreversible por la actividad que dio lugar a la mutualidad. No hay que confundirla con la devolución del IRPF a mutualistas jubilados de las antiguas mutualidades laborales, que es un trámite distinto.
Reglamento de la pasarela al RETA: cómo va
Actualizado el 3 de noviembre de 2026. El reglamento es la pieza que falta para poder pedir la pasarela al RETA, y estos son los últimos movimientos:
- Plazo legal vencido: la ley daba al Gobierno tres meses para aprobarlo, hasta el 29 de octubre de 2026. Ese plazo ha terminado sin que el reglamento se haya aprobado ni publicado en el BOE, y tampoco se ha hecho público ningún borrador.
- Consejos de Ministros de octubre: ni el del 20 ni el del 27 de octubre aprobaron el reglamento, y el Gobierno no ha dado una nueva fecha.
- Elecciones del 29 de noviembre: el adelanto electoral del 6 de octubre ha metido prisa. El Consejo General de la Abogacía defiende en un informe del 9 de octubre que no hay ningún impedimento legal para aprobarlo antes de las elecciones, aunque eso no garantiza que se haga.
- Negociación: la Abogacía, la Procura y la Arquitectura negocian juntas con el Ministerio y piden que se aplique el coeficiente más favorable de la horquilla legal (0,87). El 16 de octubre pidieron a la ministra Elma Saiz que lo llevara al Consejo de Ministros del 20 de octubre, sin éxito.
- Cuántos podrían quedarse fuera: la organización de autónomos UPTA ha calculado que el modelo que estudia el Ministerio podría dejar sin opción de usar la pasarela a cerca de la mitad de los posibles beneficiarios, según recoge Demócrata. Es una estimación de UPTA, no un dato oficial: habrá que ver el texto final del reglamento.
- Ahora que se ha pasado el 29 de octubre: la ley no caduca. El año para pedir la pasarela empieza a contar cuando entre en vigor el reglamento, se apruebe cuando se apruebe.
Lo iremos actualizando aquí en cuanto haya texto oficial. Puedes seguir también las noticias del informe de la Abogacía sobre los plazos.
Qué profesiones tienen mutualidad alternativa
Las mutualidades alternativas existen en profesiones colegiadas con larga tradición de previsión propia. Por ejemplo, la abogacía y la procura, la arquitectura y la arquitectura técnica, varias ingenierías o la medicina, a través de mutualidades como la de la Abogacía, HNA, Premaat o Mupiti. Si no sabes si la tuya lo es, mira tu recibo: si pagas a una mutualidad y no a la Seguridad Social por tu actividad, estás en ese caso.
Si en algún momento cambiaste de la mutualidad al RETA, o al revés, tendrás una carrera mixta. Es justo uno de los puntos que debe aclarar el reglamento, así que conviene que tengas a mano las fechas exactas de cada periodo.
Requisitos de la pasarela al RETA: quién puede pedirla
Para pedir la pasarela al RETA tienes que cumplir cuatro requisitos: haber estado en una mutualidad alternativa antes del 1 de agosto de 2026, estar colegiado en esa profesión, no cobrar ninguna pensión (salvo la de viudedad) y presentar la solicitud dentro del año siguiente a la entrada en vigor del reglamento. A 30 de octubre de 2026 ese reglamento todavía no se ha aprobado, aunque la ley daba al Gobierno de plazo hasta el 29 de octubre.
| Requisito | Qué significa |
|---|---|
| Ser o haber sido mutualista alternativo | Haber estado en una mutualidad alternativa al RETA antes del 1 de agosto de 2026 |
| Ser colegiado de esa profesión | La ley habla de colegiados de las profesiones con mutualidad alternativa |
| No ser pensionista | No cobrar pensión de ningún régimen público ni de la mutualidad, salvo la de viudedad |
| Pedirlo a tiempo | Un año desde la entrada en vigor del reglamento |
Quedan fuera, por tanto, los mutualistas que ya están jubilados y cobran de su mutualidad. Es una decisión individual: no la toma tu colegio por ti.
Comprobador: ¿puedes pedir la pasarela al RETA?
Todavía no existe un simulador fiable de la pasarela al RETA que te diga cuántos años te van a reconocer: la fórmula exacta y el coeficiente los fijará el reglamento, y cualquier cifra hoy sería una suposición. Lo que sí puedes saber ya es si cumples los requisitos de la ley y qué regla te afecta. Contesta estas seis preguntas:
Comprobador de la pasarela al RETA
El resultado es orientativo y se basa solo en la Ley 2/2026. Cuando se publique el reglamento, añadiremos aquí el cálculo de los años que te reconocen.
Cómo se convierten tus años de mutualidad
Es lo que más preguntas genera, y la ley solo da las reglas generales; el detalle lo fijará el reglamento. Lo que sí está en la norma es esto:
- Conversión general: el valor de tus derechos en la mutualidad se convierte en periodos cotizados. Para calcularlos se usa la base mínima de cotización que te habría correspondido en el RETA, multiplicada por un coeficiente de entre 0,67 y 0,87, porque la mutualidad no cubría todas las contingencias del sistema público.
- Regla especial para el porcentaje de la pensión: si empezaste la actividad antes del 10 de noviembre de 1995, o si tienes 52 años o más a 31 de diciembre de 2026 y te jubilas a la edad ordinaria, cada mes completo en la mutualidad cuenta como mes de alta en el RETA para calcular el porcentaje de tu base reguladora.
- Pensión mínima: las prestaciones en forma de renta no pueden quedar por debajo de la cuantía mínima de la pensión pública correspondiente.
- Impuestos: el traspaso está exento de tributación. La pensión pública que cobres después sí tributará en el IRPF, como cualquier pensión.
Lo que todavía no sabemos, y es clave para decidir: qué coeficiente exacto se aplicará a cada caso, qué derechos de la mutualidad se pueden transferir y cómo se tratarán las carreras mixtas (años en el RETA y años en la mutualidad).
Caso práctico: dos mutualistas de Granada
Sofía es arquitecta en Granada capital, tiene 54 años y lleva 25 cotizando en su mutualidad. Adolfo es abogado en Motril, tiene 41 años y 12 años de mutualidad. Los dos están en activo y no cobran ninguna pensión, así que los dos podrán pedir la pasarela al RETA.
| Sofía (54 años) | Adolfo (41 años) | |
|---|---|---|
| ¿Puede pedirla? | Sí | Sí |
| Regla que le afecta | Mayor de 52 a 31-12-2026: cada mes en la mutualidad cuenta como mes en el RETA para el porcentaje de la pensión | Conversión general: derechos a periodos con la base mínima y el coeficiente |
| Qué le preocupa | Llegar a una pensión pública con 25 años ya computados | Si le compensa traspasar ahora o seguir ahorrando en la mutualidad |
| Qué debe pedir ya | Certificado de derechos consolidados de su mutualidad e informe de vida laboral | Lo mismo, más una estimación de su pensión en cada sistema |
En principio, la pasarela al RETA suele interesar más a perfiles como el de Sofía: muchos años en la mutualidad, edad cercana a la jubilación y una pensión prevista baja. Para Adolfo la decisión es más abierta, porque le quedan muchos años de cotización y el resultado dependerá del coeficiente que fije el reglamento.
Pasarela al RETA o seguir en la mutualidad: cómo comparar
La decisión no es solo cuántos años te reconocen. Son dos sistemas distintos y conviene compararlos punto por punto:
| Seguridad Social (RETA) | Mutualidad alternativa | |
|---|---|---|
| Cómo se calcula la pensión | Por años cotizados y bases de cotización (reparto) | Por lo que has ahorrado y su rentabilidad (capitalización) |
| Actualización de la pensión | Se revaloriza cada año con la inflación | Según las condiciones de tu plan |
| Coberturas | Jubilación, incapacidad, viudedad, baja por enfermedad, nacimiento y cese de actividad | Las que contrates en tu plan |
| Cuota | Por ingresos reales, según tramos | Según la aportación que elijas, con un mínimo |
| Pensión mínima | Complementos a mínimos si cumples los requisitos | No hay mínimo garantizado como tal |
Por eso, antes de pedir la pasarela al RETA, merece la pena estimar las dos pensiones con tus datos reales: la de la mutualidad, con el certificado de derechos, y la pública, con tus años y bases. Esa comparación es la que hacemos en la gestoría con cada caso.
Qué puedes hacer ya, antes del reglamento
- Pide a tu mutualidad el certificado de derechos consolidados o el saldo acumulado a tu nombre.
- Descarga tu informe de vida laboral en Import@ss, por si tienes periodos en el RETA o como asalariado.
- No firmes nada todavía: sin el reglamento no sabrás cuántos años te reconocen ni con qué coeficiente.
- Apunta el plazo: cuando se publique el reglamento tendrás un año. Lo avisaremos en esta página.
- Calcula cuánto te costaría el RETA a partir de ahora: el alta será obligatoria. Puedes hacerlo con la calculadora de cuota de autónomos y ver los tramos en la cuota de autónomos 2027.
Es irreversible
Una vez hecha la transferencia, quedas en el RETA para esa actividad y no puedes volver a la mutualidad como alternativa. Compara las dos pensiones con números antes de decidir.
Pasarela al RETA: preguntas frecuentes
¿Puedo pedirla ya?
No. La ley está en vigor, pero el plazo de un año para solicitarla empieza cuando entre en vigor el reglamento. Hasta entonces no hay formulario ni procedimiento.
¿Qué pasa si ya cobro una pensión de la mutualidad?
Quedas fuera: la pasarela al RETA no está abierta a quien ya cobra pensión de la mutualidad o de un régimen público, salvo que sea de viudedad.
¿Tengo que pagar impuestos por el traspaso?
No. La ley declara exenta la transferencia y las operaciones que se deriven de ella. Tributará la pensión que cobres en el futuro.
¿Tendré que pagar la cuota de autónomos?
Sí. Al transferir los derechos te das de alta en el RETA por esa actividad y cotizas por ingresos reales como cualquier autónomo. Lo explicamos en la cuota de autónomos.
¿Pierdo lo que llevo ahorrado en la mutualidad?
No lo pierdes, pero cambia de forma: el valor de tus derechos se transfiere a la Seguridad Social y se convierte en periodos cotizados. Dejas de tener un saldo a tu nombre y pasas a tener años reconocidos en el sistema público. Por eso es tan importante saber, antes de decidir, cuántos años te va a reconocer el reglamento por ese saldo.
¿Puedo seguir aportando a la mutualidad como complemento?
La pasarela te obliga a estar en el RETA por tu actividad, pero nada impide que mantengas un plan de ahorro complementario aparte. Revisa con tu mutualidad qué productos te ofrece fuera del sistema alternativo.
¿Y si me deniegan la solicitud?
Lo previsible es una reclamación previa ante la Seguridad Social y, después, la vía judicial social. El reglamento concretará el procedimiento.
¿Te ayudamos a decidir?
Es una decisión sin vuelta atrás. Antes de pedirla, estúdiala con un asesor que conozca tu mutualidad. Escríbenos a trimestrefacil@hotmail.com y lo vemos contigo.
Este artículo es informativo y está actualizado a octubre de 2026, antes de la aprobación del reglamento. No sustituye el asesoramiento profesional sobre tu caso concreto.



