Calendario fiscal del autónomo: todos los plazos de Hacienda, mes a mes.Ver el calendario fiscal

Verifactu y factura electrónica: diferencias explicadas en 5 minutos

Última revisión: octubre de 2026 · Escrito por Pedro Leyva, asesor fiscal en Gestoría Adade (Granada) · Cómo trabajamos

Verifactu y factura electrónica son dos obligaciones distintas que se suelen confundir: Verifactu controla cómo debe ser el programa con el que facturas, y la factura electrónica obligatoria regula cómo envías las facturas a otras empresas y profesionales. La primera mira hacia Hacienda; la segunda, hacia tu cliente.

La confusión entre Verifactu y factura electrónica ha crecido desde el 5 de octubre de 2026: ese día se publicó en el BOE la orden que activa el calendario de la factura electrónica, y Hacienda anunció que aplazará Verifactu para que las dos lleguen a la vez, previsiblemente en octubre de 2028 para autónomos y pymes. Te explicamos en 5 minutos en qué se diferencian, las fechas y qué hacer según a quién vendas.

Datos clave

VerifactuRegula tu programa de facturación (registros inalterables, código QR y envío a la AEAT). Afecta a casi todas tus facturas, también a los tickets.
Factura electrónicaRegula cómo envías las facturas a otros empresarios y profesionales y su seguimiento hasta el pago. No afecta a las ventas a particulares.
Normas distintasLey Antifraude y Real Decreto 1007/2023, frente a Ley Crea y Crece, Real Decreto 238/2026 y Orden HAC/1028/2026.
Fechas de VerifactuLa fecha legal sigue siendo el 1 de julio de 2027 para autónomos; Hacienda ha anunciado que la aplazará a octubre de 2028 para quien factura hasta 8 millones, pero falta el real decreto.
Fechas de la factura electrónicaOctubre de 2027 si facturas más de 8 millones y octubre de 2028 para el resto.
Qué hacerElegir un único programa que cubra las dos obligaciones cuando se concreten los requisitos.

Qué es cada obligación

Verifactu: cómo debe ser tu programa de facturación

Nace de la Ley 11/2021 de lucha contra el fraude fiscal, que obligó a que los sistemas de facturación garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros (artículo 29.2.j de la Ley General Tributaria). La desarrolla el Real Decreto 1007/2023.

En la práctica, cada factura que emites con un programa genera un registro que no se puede alterar sin dejar rastro, la factura lleva un código QR y, en la modalidad VERI*FACTU, el programa envía los registros a la Agencia Tributaria. Lo explicamos a fondo en Verifactu para autónomos.

Factura electrónica: cómo facturas a otras empresas

Viene de la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas, conocida como Ley Crea y Crece, que busca digitalizar el intercambio de facturas entre empresas y reducir la morosidad. La desarrollan el Real Decreto 238/2026, publicado en el BOE el 31 de marzo de 2026, y la Orden HAC/1028/2026, que regula la solución pública de facturación electrónica de la AEAT.

Obliga a emitir en formato electrónico las facturas cuyo destinatario sea un empresario o profesional con sede, establecimiento permanente o domicilio en España: es la factura electrónica B2B. Además, quien recibe la factura tendrá que informar de su estado, como la aceptación o el pago. El detalle está en nuestra guía de factura electrónica obligatoria.

Diferencia entre Verifactu y factura electrónica: la tabla

Esta es la comparación punto por punto:

VerifactuFactura electrónica obligatoria
NormaLey 11/2021 (antifraude) y Real Decreto 1007/2023Ley 18/2022 (Crea y Crece), Real Decreto 238/2026 y Orden HAC/1028/2026
ObjetivoLuchar contra el fraude y garantizar registros inalterablesDigitalizar el intercambio entre empresas y reducir la morosidad
QuiénTodo el que factura con un programa o una TPV, aunque sea para una parte (salvo SII, País Vasco y Navarra)Quien emite facturas a empresarios y profesionales establecidos en España
Ventas a particularesSíNo
Tickets (facturas simplificadas)SíNo, salvo las simplificadas cualificadas, con NIF y domicilio del cliente
Facturas a mano en talonarioNo le afectanLas dirigidas a empresarios y profesionales tendrán que ser electrónicas
Qué se envíaLos registros de facturación, a la AEAT (modalidad VERI*FACTU)La factura en formato electrónico, a tu cliente, que después informa de su estado (aceptación, pago)
Herramienta públicaAplicación gratuita de facturación de la AEATSolución pública de facturación electrónica de la AEAT
FechasLegal: 1-7-2027 autónomos y 1-1-2027 sociedades. Anunciado: octubre de 2028 si facturas hasta 8 millones (falta el real decreto)Octubre de 2027 si facturas más de 8 millones; octubre de 2028, el resto
SancionesArtículo 201 bis LGT: 50.000 € por ejercicio al usuario de un programa que no cumple, cuando le sea obligatorioNo las tratamos aquí: el 201 bis se refiere a los programas, no al formato de la factura

La diferencia entre Verifactu y factura electrónica se resume así: Verifactu afecta a casi todas tus facturas, se las des a quien se las des, y la factura electrónica solo a las que emites a otros empresarios y profesionales. Por eso puedes estar en las dos, solo en Verifactu o, si facturas a mano a empresas, solo en la factura electrónica.

Fechas: qué cambió el 5 de octubre de 2026

Ese día pasaron dos cosas. Se publicó en el BOE la Orden HAC/1028/2026, que entró en vigor el 6 de octubre y puso en marcha el reloj de la factura electrónica: será obligatoria en octubre de 2027 para quienes facturan más de 8 millones de euros y en octubre de 2028, 24 meses después de la entrada en vigor de la orden, para el resto, es decir, autónomos y pymes.

Y el Ministerio de Hacienda anunció en una nota informativa que aplazará Verifactu hasta octubre de 2028 para quienes facturan hasta 8 millones de euros, para que Verifactu y factura electrónica lleguen a la vez. Falta el real decreto que lo apruebe, así que es una previsión: hasta entonces, la fecha legal sigue siendo el 1 de julio de 2027 para autónomos (1 de enero de 2027 para sociedades). Actualizaremos este artículo cuando se publique en el BOE.

QuiénVerifactu: fecha legal hoyVerifactu: anunciado (falta el real decreto)Factura electrónica
Autónomo que factura hasta 8 millones1 de julio de 2027Octubre de 2028Octubre de 2028
Sociedad que factura hasta 8 millones1 de enero de 2027Octubre de 2028, si el real decreto se aprueba antes del 1-1-2027Octubre de 2028
Empresa que factura más de 8 millones1-1-2027 (sociedades) o 1-7-2027 (resto)La nota no anuncia cambiosOctubre de 2027

Puedes adaptarte ya a Verifactu de forma voluntaria, y elegir ahora un programa pensando en las dos obligaciones te evitará cambiar dos veces. Tienes el calendario completo en cuándo es obligatorio Verifactu.

La convergencia que anuncia Hacienda

La nota del Ministerio va más allá de las fechas: anuncia una reforma posterior para que Verifactu y factura electrónica converjan en lo normativo y en lo técnico, teniendo en cuenta ViDA, el paquete europeo sobre el IVA en la era digital.

Lo importante es lo que no cambia: Hacienda dice que mantendrá, en términos sustancialmente equivalentes, las exigencias de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad. Es decir, Verifactu no desaparece; lo que puede cambiar es cómo se cumple técnicamente. Ese detalle aún no se conoce, así que no tomes decisiones basadas en rumores.

Verifactu y factura electrónica según tu caso

Vendo solo a particulares: el bar de Jacinto

Jacinto tiene un bar en Granada capital, tributa en estimación directa y en el régimen general del IVA, y cobra con una TPV que emite unos 70 tickets al día. Abre 26 días al mes: unos 1.820 tickets mensuales, todos facturas simplificadas.

Verifactu: sí. Su TPV es un sistema de facturación y los tickets entran, así que necesita la versión adaptada. Factura electrónica: casi nada, porque los tickets a particulares quedan fuera. Solo le afecta cuando una empresa le pide factura con sus datos, por ejemplo por una comida de empresa de 450 € con IVA incluido: 409,09 € de base y 40,91 € de IVA al 10 %. Esa factura, completa o simplificada cualificada, tendrá que ser electrónica desde octubre de 2028. Así se reparten Verifactu y factura electrónica en un bar: si un mes tiene 3 facturas así, de 1.823 solo 3 serán electrónicas, pero las 1.823 tendrán que cumplir Verifactu.

Y aunque apenas emita facturas electrónicas, las recibirá: sus proveedores tendrán que enviárselas en ese formato y él deberá informar de su estado. Para los autónomos, esa obligación de informar llega 12 meses después de que la factura electrónica les sea obligatoria; hasta entonces es voluntaria.

Si tu bar está en módulos y en el régimen simplificado del IVA, el caso cambia: en general no estás obligado a expedir factura y Verifactu no te afecta, salvo cuando emitas facturas con un programa. Lo vemos en módulos para autónomos.

Vendo a empresas y a particulares: Samuel, electricista

Samuel es electricista autónomo en Guadix y hace sus facturas en Word. En septiembre emitió 18: 12 a particulares, por reparaciones en viviendas, y 6 a constructoras de la comarca.

Verifactu: las 18. En cuanto le sea obligatorio, todas tendrán que salir de un programa adaptado, y su Word no lo es (lo explicamos en Verifactu con Excel o Word). Factura electrónica: solo las 6 de las constructoras, un tercio. Las 12 de particulares podrá seguir entregándolas en papel, o en PDF si el cliente lo acepta. Lo lógico es cumplir Verifactu y factura electrónica con un mismo programa.

Vendo solo a empresas: Teresa, diseñadora gráfica

Teresa es diseñadora gráfica autónoma en Armilla, trabaja solo para empresas y factura con una plantilla de Excel: unas 10 facturas al mes, 120 al año. Verifactu y factura electrónica le afectan a todas: las 120 tendrán que salir de un programa adaptado y enviarse como facturas electrónicas. Es el perfil al que más le urge cambiar de herramienta.

PerfilVerifactuFactura electrónicaQué le conviene
Jacinto: bar, casi todo tickets a particularesSí: TPV adaptadaSolo sus facturas a empresas (unas 3 al mes); además, recibirá las de sus proveedoresPedir ya la versión adaptada de la TPV
Samuel: particulares y constructorasSí: sus 18 facturasSolo las 6 a constructorasUn programa que cubra las dos
Teresa: solo empresasSí: las 10 al mesSí: las 10 al mesDejar su Excel cuanto antes

Un PDF por correo no es la factura electrónica obligatoria

Es el malentendido más frecuente al hablar de Verifactu y factura electrónica. Según el artículo 9 del Reglamento de facturación, factura electrónica es la que se expide y se recibe en formato electrónico y, mientras no sea obligatoria, necesita el consentimiento del destinatario. En ese sentido amplio, el PDF que hoy envías por correo puede ser una factura electrónica.

Pero no es la factura electrónica obligatoria de la Ley Crea y Crece. El Real Decreto 238/2026 regula el formato y el intercambio de las facturas, que circularán a través de la solución pública de la AEAT o de plataformas privadas conectadas entre sí. Una pista de que el PDF no basta: durante los 12 primeros meses, las empresas de más de 8 millones tendrán que acompañar la factura electrónica de un PDF legible, salvo que el cliente acepte el formato original.

Que tu programa envíe PDF no significa que esté listo

Muchos programas permiten hoy mandar la factura en PDF por correo, y eso no los prepara para la factura electrónica obligatoria. Cuando elijas programa, pregunta expresamente si emitirá y recibirá facturas en los formatos del Real Decreto 238/2026, cómo las enviará (solución pública de la AEAT o plataforma privada) y si gestionará los estados de la factura.

Qué hacer ya: un único programa para las dos obligaciones

Aunque faltan requisitos por concretar, ya puedes preparar Verifactu y factura electrónica con pasos que te servirán pase lo que pase:

  1. Mira a quién facturas. Separa lo que va a particulares de lo que va a empresarios y profesionales: así sabrás qué parte tendrá que ser electrónica.
  2. Si facturas con Excel, Word o un programa sin adaptar, planifica el cambio con la fecha legal en mente: el 1 de julio de 2027 (el 1 de enero de 2027 si tienes una sociedad).
  3. Elige un único programa para Verifactu y factura electrónica: adaptado a Verifactu, con su declaración responsable, y cuyo proveedor se comprometa a cubrir la factura electrónica cuando se concreten sus requisitos: emitir, recibir y gestionar los estados.
  4. Si facturas poco, la aplicación gratuita de la AEAT cubre Verifactu, y para la factura electrónica habrá una solución pública de la AEAT. Te contamos más opciones en programa de facturación gratis.
  5. Completa los datos de tus clientes empresa: razón social, NIF y domicilio correctos.
  6. Revisa tus tickets: si emites simplificadas cualificadas a empresas, entrarán en la factura electrónica. Lo vemos en ticket o factura simplificada.

Verifactu y factura electrónica: dudas habituales

¿Necesito dos programas para Verifactu y factura electrónica?

No tiene por qué. Lo razonable es que un único programa resuelva Verifactu y factura electrónica: que cumpla el reglamento y que emita y reciba facturas electrónicas. Con la convergencia que anuncia Hacienda, es previsible que los programas cubran las dos cosas, pero confírmalo con tu proveedor antes de contratar.

¿Mis tickets tendrán que ser factura electrónica?

No, las facturas simplificadas están excluidas, salvo las cualificadas: las que llevan el NIF y el domicilio del cliente y la cuota de IVA desglosada porque una empresa te las pide. En Verifactu, en cambio, los tickets sí cuentan.

¿Es definitivo que Verifactu se retrasa a octubre de 2028?

No. Es un anuncio del Ministerio de Hacienda del 5 de octubre de 2026 y falta el real decreto. Hasta que se publique en el BOE, la fecha legal para autónomos es el 1 de julio de 2027. Si se aprueba, Verifactu y factura electrónica llegarán a la vez para autónomos y pymes.

¿Puedo empezar ya con la factura electrónica?

Sí, de forma voluntaria y con el consentimiento de tu cliente, como permite hoy el Reglamento de facturación. Antes de elegir formato o programa, confirma que te servirá también cuando sea obligatoria. Y a Verifactu te puedes adaptar ya, también de forma voluntaria.

¿No sabes qué te toca a ti?

Revisamos a quién facturas, cómo lo haces hoy y qué programa te conviene para cumplir Verifactu y la factura electrónica con una sola herramienta. Escríbenos a trimestrefacil@hotmail.com. Son dos obligaciones con calendarios distintos y es fácil prepararse solo para una. Planifica el cambio con un profesional.

Este artículo es informativo y está actualizado a octubre de 2026. No sustituye el asesoramiento profesional sobre tu caso concreto.

Scroll al inicio