Última revisión: octubre de 2026 · Escrito por Pedro Leyva, asesor fiscal en Gestoría Adade (Granada) · Cómo trabajamos
Saber cuánto apartar para impuestos cada mes es lo que separa un trimestre tranquilo de uno con la cuenta en números rojos. Esta calculadora te dice cuánto guardar para el IVA, para el IRPF y para la regularización de la cuota de autónomos según lo que facturas, tus gastos y las retenciones de tus clientes.
En la gestoría, el susto más repetido llega en enero, cuando se juntan el IVA y el IRPF del cuarto trimestre con las cuentas de Navidad. Por eso, además de la cifra mensual, la calculadora te enseña lo que vas a pagar cada trimestre.
Aparta cada mes
0 €
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- IVA para el 303—
- IRPF para el 130 y la Renta—
- Colchón para la regularización de la cuota—
- Cada trimestre (303 + 130)—
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Como más del 70 % de lo que facturas lleva retención, no tienes que presentar el modelo 130: tu IRPF se ajusta en la Renta.
Estimación para una persona sin hijos, residente en Andalucía, en estimación directa simplificada y sin otros ingresos.
En resumen
- Aparta el IVA cobrado menos el IVA de tus gastos: no es tuyo.
- Para el IRPF, aparta lo que te quede después de las retenciones de tus clientes, o el 20 % del 130 si es mayor.
- Si cotizas en un tramo más bajo del que te toca, guarda la diferencia para la regularización.
- Pásalo cada mes a una cuenta aparte: en enero coinciden el 303 y el 130 del cuarto trimestre.
Cómo calcula cuánto apartar para impuestos
- IVA: resta al IVA que cobras el IVA de tus gastos. Lo que queda no es tuyo: lo pagas cada trimestre en el modelo 303.
- IRPF: calcula tu impuesto del año con la escala estatal y la de Andalucía de 2026, el mínimo personal, el 5 % de gastos de difícil justificación y, si lo marcas, la reducción por inicio de actividad. Después descuenta lo que ya te retienen tus clientes.
- Modelo 130: si estás obligado, cada trimestre adelantas el 20 % de tu rendimiento menos las retenciones. La calculadora te pide apartar lo que sea mayor: el 130 o el IRPF que te queda por pagar.
- Regularización: compara tu cuota con la que te toca por tus rendimientos según los tramos de 2026. Si cotizas de menos, aparta la diferencia, porque la regularización te la reclamará.
- Suma las tres partes y la divide entre 12: eso es lo que te conviene pasar cada mes a una cuenta aparte.
La escala autonómica es la de Andalucía, que publica la Agencia Tributaria en su manual de Renta. Si vives en otra comunidad, el IRPF cambia un poco, pero el IVA y la cuota son iguales en toda España.
Ejemplo: Lucía, diseñadora gráfica en Armilla
Lucía es diseñadora gráfica en Armilla, en estimación directa simplificada. Factura unos 3.000 € al mes sin IVA: la mitad a empresas, que le retienen el 15 %, y la otra mitad a particulares. Tiene 500 € de gastos al mes y paga 302,65 € de cuota porque al darse de alta eligió el tramo general 3.
| Concepto | Al año | Al mes |
|---|---|---|
| Facturación sin IVA | 36.000,00 € | 3.000,00 € |
| IVA cobrado − IVA de los gastos | 6.300,00 € | 525,00 € |
| IRPF del año (escala de Andalucía) | 4.562,39 € | — |
| Retenciones que ya le hacen | − 2.700,00 € | — |
| Modelo 130 que pagará | 2.309,96 € | 192,50 € |
| Regularización de la cuota (tramo 3 → tramo 6) | 1.185,84 € | 98,82 € |
| Total a apartar | 9.795,80 € | 816,32 € |

Lucía tiene que apartar unos 816 € al mes, el 27 % de lo que factura sin IVA. Cada trimestre pagará unos 2.152 € entre el 303 y el 130, y en la Renta le devolverán unos 448 €, porque entre las retenciones y el 130 adelanta algo más de lo que le toca.
Lo que más le conviene es subir su base de cotización: con 30.000 € de beneficio le corresponde el tramo general 6, y si sigue en el 3 la regularización le pedirá casi 1.200 € de golpe dentro de un par de años.
Por qué enero es el mes que más duele
En la gestoría, el error que más vemos no es de cálculo, sino de calendario: juntarlo todo en enero. Del 1 al 30 de enero se presentan el 303 y el 130 del cuarto trimestre, que llegan justo después de los gastos de Navidad y de un diciembre en el que muchos autónomos cobran menos. Quien ha ido gastando el IVA de octubre, noviembre y diciembre se encuentra con un trimestre entero que pagar de una vez.
Lo que recomendamos a nuestros clientes
Abre una cuenta solo para Hacienda y pasa ahí cada mes, el mismo día, lo que te dice la calculadora. En enero no tendrás que buscar el dinero: ya estará esperando. Si te ayuda, mira qué cuenta bancaria para autónomos te sale más barata para tenerla separada.
Y apunta las fechas en el calendario fiscal: si domicilias el pago del cuarto trimestre, el plazo acaba antes, el 25 de enero.
Preguntas frecuentes
¿Qué porcentaje de lo que facturo tengo que apartar?
No hay un porcentaje fijo: depende de tu IVA, de tus gastos, de las retenciones y de lo que ganes, porque el IRPF sube por tramos. En el ejemplo de Lucía sale el 27 % de lo que factura sin IVA. Con la calculadora tienes tu cifra en un minuto.
¿Tengo que apartar todo el IVA que cobro?
No todo: solo la diferencia entre el IVA que cobras y el de tus gastos, que es lo que pagas en el 303. Si trabajas con IVA exento, como un fisioterapeuta, no apartas nada de IVA, pero tampoco puedes recuperar el de tus gastos.
Si me retienen el 15 %, ¿ya no tengo que apartar nada para el IRPF?
Depende de lo que ganes. Con ingresos modestos, el 15 % suele cubrir el impuesto y en la Renta te devuelven. A partir de cierto beneficio tu tipo medio supera el 15 % y te tocará pagar la diferencia. La calculadora te dice en qué lado estás.
¿Qué no tiene en cuenta la calculadora?
- Hijos, ascendientes, discapacidad o tributación conjunta, que bajan el IRPF.
- Otros ingresos, como una nómina o un alquiler.
- Las escalas de comunidades distintas de Andalucía.
- El régimen de módulos (modelo 131) y el recargo de equivalencia.
¿Quieres que revisemos tus números?
Si no te cuadra lo que te sale o tienes una situación especial, escríbenos a trimestrefacil@hotmail.com. Esta calculadora es orientativa: antes de tomar decisiones, consulta con un profesional para evitar recargos y sanciones.
