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¿Puedo deducir el móvil y el ordenador? Porcentaje y amortización

Última revisión: octubre de 2026 · Escrito por Pedro Leyva, asesor fiscal en Gestoría Adade (Granada) · Cómo trabajamos

Deducir el móvil y el ordenador es posible si eres autónomo, pero no al porcentaje que cada uno quiera ni siempre de golpe. La línea del móvil es deducible si la usas exclusivamente para tu actividad, y el terminal y el ordenador se deducen poco a poco, mediante la amortización, salvo que sean nuevos y cuesten 300 € o menos.

Es habitual meter el 50 % del móvil o deducir el portátil entero el año de la compra. Te explicamos qué dice Hacienda en el IRPF y en el IVA, con dos ejemplos de Baza y Granada. Para el resto de gastos, tienes nuestra guía de gastos deducibles del autónomo.

Si solo tienes un minuto

  • Línea de móvil: deducible si la usas exclusivamente para la actividad. Una línea mixta es difícil de defender.
  • Terminal y ordenador: no se deducen de golpe, se amortizan. Lo habitual es aplicar el 26 % anual de los equipos informáticos en la estimación directa simplificada.
  • Hasta el 52 % si el bien es nuevo y tu actividad es de reducida dimensión, o si es de segunda mano.
  • 300 € o menos: los bienes nuevos de ese valor unitario se pueden deducir enteros el año de compra, con un límite de 25.000 € al año. Sirve para cualquier autónomo en estimación directa.
  • IVA: no hay presunción del 50 %. Solo se deduce si el equipo está afecto directa y exclusivamente a tu actividad.
  • Internet y fijo de casa: si trabajas en tu vivienda, van por la regla del 30 % de los suministros.

Cuándo puedes deducir el móvil y el ordenador en el IRPF

En el IRPF, el móvil y el ordenador son elementos patrimoniales: para deducirlos tienen que estar afectos a tu actividad, es decir, usarse solo para ella y figurar en tu libro registro de bienes de inversión. Si no figuran en él, se presume que no están afectos, salvo prueba en contrario.

La regla tiene un matiz útil: el uso personal en días u horas inhábiles, cuando la actividad se interrumpe, es accesorio y notoriamente irrelevante y no rompe la afectación. La Agencia Tributaria pone el ejemplo de un abogado que usa el ordenador del despacho para asuntos particulares en días festivos: el ordenador sigue afecto en su totalidad, como explica su manual sobre la afectación de bienes.

Lo que sí rompe la afectación es el uso simultáneo: un portátil que es a la vez el del trabajo y el de casa, o el único móvil que usas para todo. Y como son bienes indivisibles, no hay afectación parcial: no se puede amortizar «la mitad» del ordenador.

Situación¿Está afecto en el IRPF?
Ordenador del despacho que usas un domingo para algo personalSí, entero: es un uso accesorio en día inhábil
Portátil que usas a diario para trabajar y para tus cosasNo: es uso simultáneo
Segundo móvil solo para clientes y proveedoresSí
Tu único móvil, para todoNo: es uso simultáneo, y la línea tampoco es exclusiva
Ordenador que no figura en el libro de bienes de inversiónSe presume que no, salvo prueba en contrario

La línea de móvil: gasto deducible si es exclusiva

Para deducir el móvil hay que separar la línea del terminal. La factura mensual de la línea es un suministro, no un bien que se amortiza. Según el manual de la Agencia Tributaria sobre suministros, la línea de móvil es deducible en la medida en que se utilice exclusivamente para la actividad, y el teléfono en sí se deduce vía amortización.

En la práctica, la forma más segura de deducir el móvil es tener una línea solo para el negocio, con la factura a tu nombre y tu NIF. Hay quien deduce un porcentaje de su línea personal; en la gestoría no lo recomendamos, porque el criterio de Hacienda habla de uso exclusivo y es difícil de defender en una comprobación.

Si tienes un paquete de fibra y móvil, pide que la factura desglose cada servicio. La fibra y el fijo de casa no siguen la regla del móvil: si trabajas en tu vivienda, van por la regla del 30 % de la proporción de metros afectos, que explicamos en deducir suministros en casa.

Cómo se amortizan el móvil y el ordenador

Si puedes deducir el móvil o el ordenador porque están afectos, su coste se reparte en varios años mediante la amortización: cada año deduces un porcentaje del precio de compra, sin el IVA que recuperas, y lo anotas en el libro registro de bienes de inversión. Empiezas a amortizar cuando lo pones en funcionamiento.

En estimación directa simplificada se usa la tabla simplificada de la Agencia Tributaria. Los equipos para tratamiento de la información y los programas informáticos tienen un coeficiente máximo del 26 % y un periodo máximo de 10 años. El ordenador está incluido en ese grupo; para el móvil, lo habitual es tratarlo también como equipo informático, al 26 %.

BienCoeficiente máximo (simplificada)Nuevo y actividad de reducida dimensiónDe segunda mano
Ordenador, portátil o monitor26 %Hasta el 52 %Hasta el 52 %
Móvil o tablet26 % (lo habitual)Hasta el 52 %Hasta el 52 %
Programas informáticos que compras26 %Hasta el 52 %—
Equipo nuevo de 300 € o menos (móvil, monitor, disco duro…)Libertad de amortización: todo el año de compra——

Es empresa de reducida dimensión la actividad cuya cifra de negocios del año anterior no llega a 10 millones de euros, lo que incluye a casi todos los autónomos en estimación directa. Esa amortización acelerada solo sirve para bienes nuevos, los que estrenas tú. Para los usados, el máximo también es el doble de la tabla, calculado sobre lo que pagaste. Más detalle en amortización de bienes.

Bienes de 300 € o menos: libertad de amortización

Los elementos nuevos del inmovilizado material de valor unitario no superior a 300 € se pueden amortizar libremente, es decir, deducir enteros el año de compra, con un límite de 25.000 € por periodo impositivo. No hace falta ser empresa de reducida dimensión: lo recoge con carácter general el artículo 12.3 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, que se aplica también a los autónomos en estimación directa. Vale para un monitor, un disco duro, unos auriculares de trabajo o un móvil básico, siempre que estén afectos.

Es la única forma de deducir el móvil de golpe: que sea nuevo y no pase de 300 €. El límite es por unidad: dos monitores de 250 € entran, pero un portátil de 900 € no se trocea. Para medir los 300 €, toma el precio sin el IVA que te deduces.

El IVA del móvil y del ordenador: sin presunción del 50 %

En el IVA no hay porcentajes de cortesía. La presunción del 50 % es solo para bienes de inversión como los turismos, y un bien que vale menos de 3.005,06 € no es bien de inversión a efectos del IVA, según el artículo 108 de la Ley del IVA. Un móvil o un ordenador normales están por debajo.

Por eso se les aplica la regla general: solo se deduce el IVA de los bienes y servicios afectos directa y exclusivamente a la actividad. La ley excluye los que se usan a la vez para la actividad y para necesidades privadas, y los que se usan por periodos alternativos dentro y fuera de ella. La tolerancia del uso en días inhábiles es una regla del IRPF; para deducir el móvil en el IVA, lo prudente es que sea solo de trabajo.

Si el equipo está afecto, deduces el 100 % del IVA en el modelo 303 del trimestre de la factura, aunque en el IRPF lo amortices varios años. Si es de uso mixto, no. Solo un equipo de 3.005,06 € o más sería bien de inversión, con IVA deducible en proporción al uso profesional previsible.

Deducir el móvil al 50 % es un error

Es habitual ver en los libros el 50 % del móvil o del portátil personal, copiando la regla del coche que explicamos en deducir el coche siendo autónomo. Pero esa presunción solo existe en el IVA de los turismos y similares. Con un móvil de uso mixto no deduces el IVA, y en el IRPF un bien de uso simultáneo no está afecto. Si Hacienda lo revisa, te reclamará la cuota con intereses y puede sancionarte.

Con el vehículo es distinto, como vemos en deducir el coche siendo autónomo: allí sí hay presunción del 50 % en el IVA. Para deducir el móvil, no.

Ejemplo: deducir el móvil de Ismael y el ordenador de Carolina

Ismael, agente comercial autónomo en Baza, se compró en enero de 2026 un móvil de 600 € más 126 € de IVA solo para el trabajo: con él llama a los clientes, manda los pedidos y lleva la agenda de rutas. Tiene otro teléfono para su vida personal, así que puede deducir el móvil del trabajo y su línea, que está a su nombre y le cuesta 30 € al mes más IVA, 36,30 € en total.

Carolina, arquitecta técnica autónoma en Granada capital, se compró en enero un ordenador de 1.400 € más 294 € de IVA para los proyectos y las mediciones, y un disco duro externo de 250 € más 52,50 € de IVA para las copias de seguridad. Los dos son solo de trabajo; en casa usa su propia tablet. Ambos tributan en estimación directa simplificada.

Bien o gastoPrecio sin IVACómo se deduce en el IRPFDeducción en 2026 (IRPF)IVA deducible
Móvil de Ismael600 €Amortización al 26 %156 €126 €
Línea de Ismael (12 meses)360 €Gasto del año360 €75,60 €
Total Ismael516 €201,60 €
Ordenador de Carolina1.400 €Amortización al 26 %364 €294 €
Disco duro de Carolina250 €Libertad de amortización (300 € o menos)250 €52,50 €
Total Carolina614 €346,50 €

Como los compraron en enero, amortizan el año completo; si compras a mitad de año, lo habitual es amortizar el primer año solo la parte proporcional. Si sus actividades son de reducida dimensión, como los bienes son nuevos podrían acelerar: Ismael, hasta 312 € el primer año (52 % de 600 €), y Carolina, hasta 728 € (52 % de 1.400 €). El disco duro ya se deduce entero.

Así quedaría la amortización del ordenador de Carolina con cada coeficiente:

AñoAl 26 % (tabla)PendienteAl 52 % (reducida dimensión)Pendiente
2026364 €1.036 €728 €672 €
2027364 €672 €672 €0 €
2028364 €308 €——
2029308 €0 €——

Si Ismael usara su único móvil para todo, no podría deducir el móvil en el IRPF ni el IVA del terminal, y la línea sería un gasto muy difícil de defender.

Cómo se anota en los libros, en el 130 y en la Renta

  1. Anota el móvil y el ordenador en el libro registro de bienes de inversión: fecha, descripción, precio sin IVA, coeficiente y amortización de cada año.
  2. Anota cada mes la factura de la línea en tu libro de gastos o de facturas recibidas.
  3. Deduce el IVA de las facturas en el modelo 303 del trimestre.
  4. La amortización y la línea restan en tu modelo 130, normalmente en la parte que corresponde a cada trimestre.
  5. En la Renta del autónomo, la amortización va con las amortizaciones de la actividad y la línea, entre los gastos. Renta WEB permite importar los libros registro.

Guarda las facturas mientras amortices el bien y, al menos, cuatro años después: Hacienda puede pedirte que justifiques una amortización que viene de una compra antigua.

Fallos típicos con el móvil y el ordenador

  • Deducir el ordenador de golpe cuando cuesta más de 300 €.
  • Deducir el móvil al 50 % copiando la regla del coche, que solo existe en el IVA de los vehículos.
  • La línea a nombre de otra persona, como tu pareja, tu padre o la empresa donde trabajabas.
  • Olvidar el libro de bienes de inversión: sin él, se presume que el bien no está afecto.
  • Meter la fibra de casa como si fuera la línea del negocio: va por la regla del 30 %.

Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir el móvil si también lo uso para cosas personales?

Si es tu único móvil y lo usas a la vez para todo, no: en el IRPF es un bien de uso simultáneo y no está afecto, y en el IVA tampoco. El IRPF sí admite un uso personal accesorio en días u horas inhábiles. La solución práctica para deducir el móvil es tener un terminal y una línea solo para el trabajo.

¿Puedo deducir el portátil entero el año que lo compro?

Solo si es nuevo y cuesta 300 € o menos. Si no, lo amortizas: al 26 % anual en la simplificada, o hasta el 52 % si es nuevo y tu actividad es de reducida dimensión. El IVA, en cambio, lo deduces entero en el 303 si el equipo está afecto.

¿Qué pasa con un ordenador de segunda mano o reacondicionado?

Si no lo estrenas tú, es un bien usado: puedes amortizarlo con hasta el doble del coeficiente de la tabla, el 52 %, sobre lo que pagaste. Lo que no puedes es sumarle la amortización acelerada de empresa de reducida dimensión, que es solo para bienes nuevos.

¿Puedo deducir la tablet, la impresora o los auriculares?

Sí, si están afectos a tu actividad. Si son nuevos y cuestan 300 € o menos cada uno, los deduces enteros el año de compra; si cuestan más, lo habitual es amortizarlos como equipos informáticos, al 26 %.

¿Cuánto tiempo tengo que guardar la factura del ordenador?

Mientras lo amortices y, al menos, cuatro años después de la última declaración en la que influya. Con el ordenador de Carolina, que termina de amortizar en 2029 al 26 %, eso supone guardar la factura varios años más allá de esa fecha.

¿Quieres revisar tus equipos y tus líneas?

Te ayudamos a deducir el móvil, el ordenador y el resto de equipos sin sustos: revisamos qué está afecto, calculamos la amortización y lo dejamos bien anotado en tus libros. Escríbenos a trimestrefacil@hotmail.com. Deducir el móvil al 100 % sin que sea solo de trabajo es buscarse un problema en una comprobación. Que lo revise un profesional.

Este artículo es informativo y está actualizado a octubre de 2026. No sustituye el asesoramiento profesional sobre tu caso concreto.

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