Última revisión: octubre de 2026 · Escrito por Pedro Leyva, asesor fiscal en Gestoría Adade (Granada) · Cómo trabajamos
Como autónomo de hostelería, lo que más pesa en tus impuestos no es una cifra, sino una decisión: tributar en módulos o en estimación directa. De ella depende cómo pagas el IRPF, cómo funciona tu IVA y cuántos papeles tienes que guardar. Lo segundo que hay que tener claro es qué parte de tu caja va al 10 % de IVA y qué parte al 21 %.
Los bares, cafeterías y restaurantes son uno de los clientes más habituales de nuestra gestoría en Granada. En este artículo comparamos dos casos reales en su estructura, aunque con datos inventados: el bar de Sebastián en Guadix, en módulos, y el restaurante de Inma en Almuñécar, en estimación directa. Con ellos verás qué te conviene y qué obligaciones tienes en cada caso.
Lo esencial
- IVA: los servicios de hostelería y restaurante, y en general las comidas y bebidas para consumir en el local, van al 10 %, también el vino o la cerveza servidos en la barra.
- Para llevar ya no es un servicio de restaurante, sino una venta: la comida sigue al 10 %, pero las bebidas alcohólicas y los refrescos azucarados van al 21 %.
- Módulos: bares, cafeterías, restaurantes de uno y dos tenedores, heladerías, hostales y pensiones están en la Orden HAC/1425/2025, con un límite de 250.000 € de ingresos del año anterior.
- En módulos pagas el IRPF con el modelo 131 según personal, potencia, mesas, barra y máquinas, y el IVA por el régimen simplificado.
- En estimación directa pagas por tu beneficio real (modelo 130) y el IVA real de tus facturas (modelo 303).
- Con empleados, además, retenciones de las nóminas en el 111 y el resumen anual 190.
El IVA en la carta: qué va al 10 % y qué al 21 %
El artículo 91 de la Ley del IVA aplica el tipo reducido del 10 % a «los servicios de hostelería, acampamento y balneario, los de restaurantes y, en general, el suministro de comidas y bebidas para consumir en el acto». Lo que tributa es el servicio completo, así que no importa lo que pida el cliente si se lo toma en tu local.
| Lo que vendes | Tipo de IVA | Por qué |
|---|---|---|
| Café, tapa, menú del día o cena en el local | 10 % | Servicio de restaurante |
| Cerveza, vino o un combinado en la barra o la terraza | 10 % | Bebida para consumir en el acto |
| Comida para llevar o a domicilio (platos preparados) | 10 % | Venta de alimentos |
| Cerveza o vino para llevar | 21 % | La ley excluye las bebidas alcohólicas del tipo reducido de los alimentos |
| Refresco con azúcar para llevar | 21 % | Excluido también del tipo de los alimentos |
| Habitación de un hostal o pensión | 10 % | Servicio de hostelería |
Esto afecta sobre todo al autónomo de hostelería que tributa en estimación directa, porque declara el IVA real de cada venta. Si haces mucho para llevar, configura el TPV con los dos tipos para no pagar de más ni de menos. Tienes todos los tipos en nuestra guía de tipos de IVA.
Módulos o estimación directa para un autónomo de hostelería
La Orden de módulos de 2026 incluye, entre otras, estas actividades de hostelería: restaurantes de dos tenedores (epígrafe 671.4) y de un tenedor (671.5), cafeterías (672.1, 2 y 3), cafés y bares de categoría especial (673.1), otros cafés y bares (673.2), quioscos y barracas (675), chocolaterías, heladerías y horchaterías (676), hoteles y moteles de una o dos estrellas (681), hostales y pensiones (682) y fondas y casas de huéspedes (683). Si no sabes cuál es el tuyo, búscalo en nuestro buscador de epígrafes del IAE.
Para un autónomo de hostelería, estar en la lista no basta. Tienes que cumplir los límites del año anterior (250.000 € de ingresos y 250.000 € de compras en 2026) y las demás condiciones que vemos en módulos para autónomos. Si las cumples y no renuncias, tributas en módulos. Si las superas o renuncias, pasas a la estimación directa simplificada.
| Módulos (estimación objetiva) | Estimación directa | |
|---|---|---|
| IRPF | Según personal, potencia eléctrica, mesas, barra y máquinas | Según el beneficio real: ingresos menos gastos |
| Pago trimestral del IRPF | Modelo 131 | Modelo 130 |
| IVA | Régimen simplificado: cuota por módulos menos IVA soportado | Régimen general: IVA cobrado menos IVA pagado |
| Libros | Facturas recibidas y conservar las emitidas | Libros de ingresos, gastos y bienes de inversión |
| Si el año va mal | Pagas lo mismo | Pagas menos |
| Si haces una reforma grande | Apenas se nota en el IRPF | La amortizas como gasto |
Caso 1: el bar de Sebastián en Guadix, en módulos
Sebastián es autónomo de hostelería y tiene un bar en Guadix (epígrafe 673.2). Trabaja él y un camarero a jornada completa. Tiene contratados 15 kW de potencia, 8 mesas de cuatro plazas, 6 metros de barra y una máquina tipo B. Estos son los módulos de su actividad en la Orden HAC/1425/2025 y lo que le salen con sus datos:
| Módulo (epígrafe 673.2) | Importe por unidad en 2026 | Datos de Sebastián | Resultado |
|---|---|---|---|
| Personal asalariado | 1.643,93 € | 1 persona | 1.643,93 € |
| Personal no asalariado | 11.413,08 € | 1 persona (él) | 11.413,08 € |
| Potencia eléctrica | 94,48 € por kW | 15 kW | 1.417,20 € |
| Mesas | 119,67 € por mesa | 8 mesas | 957,36 € |
| Longitud de barra | 163,76 € por metro | 6 metros | 982,56 € |
| Máquinas tipo B | 2.947,75 € por máquina | 1 máquina | 2.947,75 € |
| Rendimiento neto previo | 19.361,88 € |
Ese no es aún su rendimiento final: después se restan las minoraciones por empleo y la amortización, se aplican los índices correctores que le correspondan y, en 2026, una reducción general del 5 %. Lo que queda es lo que tributa en su Renta, gane el bar lo que gane. En cada trimestre ingresa con el modelo 131 un 3 % de su rendimiento (el porcentaje que corresponde con una persona asalariada).
El IVA de Sebastián: régimen simplificado
En el IVA, la Orden también fija una cuota por unidad. Aquí el «personal empleado» incluye al titular y a los asalariados, así que Sebastián cuenta dos personas:
| Módulo IVA (673.2) | Cuota por unidad | Sebastián | Cuota |
|---|---|---|---|
| Personal empleado | 2.577,52 € | 2 personas | 5.155,04 € |
| Potencia eléctrica | 47,83 € por kW | 15 kW | 717,45 € |
| Mesas | 56,69 € | 8 | 453,52 € |
| Longitud de barra | 62,89 € por metro | 6 | 377,34 € |
| Máquinas tipo B | 655,45 € | 1 | 655,45 € |
| Cuota devengada por operaciones corrientes | 7.358,80 € |
A esa cuota le resta el IVA de sus compras y gastos corrientes (supongamos 4.600 € en el año) y, además, la Orden le deja deducir un 1 % de la cuota devengada por cuotas de difícil justificación (73,59 €). Le quedarían 2.685,21 € de IVA en el año, por encima de la cuota mínima, que para su actividad es el 6 % de la cuota devengada (441,53 €). En los tres primeros trimestres ingresa a cuenta con el modelo 303 y en el cuarto liquida el año, que es cuando se deduce el IVA soportado.
Los módulos se calculan con tus datos, no con tu caja
Si Sebastián pone una mesa más, contrata más potencia o coge a otro camarero, paga más aunque no venda más. Y al revés: si el año va mal, paga lo mismo. Como autónomo de hostelería en módulos, revisa cada enero los datos de tu negocio y comunícalos bien, porque un error en las mesas o en la potencia se arrastra todo el año.
Los límites ampliados de 250.000 € se aplican hasta 2026 inclusive, según la página de estimación objetiva de la Agencia Tributaria. Para 2027 hace falta una nueva prórroga: si estás cerca, consúltalo antes de diciembre.
Caso 2: el restaurante de Inma en Almuñécar, en estimación directa
Inma tiene un restaurante en Almuñécar con terraza y comida para llevar. El año pasado facturó 310.000 €, así que superó el límite de 250.000 € y en 2026 tributa en estimación directa y en el régimen general del IVA. Así se ve su año, con cifras redondas y sin IVA:
| Concepto | Importe | IVA |
|---|---|---|
| Ventas en sala y terraza (10 %) | 280.000 € | 28.000 € repercutido |
| Comida para llevar (10 %) | 25.000 € | 2.500 € repercutido |
| Bebidas alcohólicas y refrescos para llevar (21 %) | 5.000 € | 1.050 € repercutido |
| Compras, suministros, alquiler y otros gastos con IVA | 150.000 € | 17.500 € soportado (mezcla de tipos) |
| IVA a ingresar en el año (sus cuatro 303) | 14.050 € |
En el IRPF, Inma paga por su beneficio: ventas menos todos sus gastos, incluidos los sueldos y la Seguridad Social de su plantilla. Cada trimestre presenta el modelo 130 con el 20 % de su beneficio acumulado. Si quieres saber cuánto le quedaría limpio, puedes probar nuestra calculadora del sueldo neto.
A Inma la estimación directa le obliga a llevar libros completos, pero tiene una ventaja: cuando reformó la cocina el año pasado, pudo amortizar la inversión y deducirse el IVA en el 303. En módulos, esa reforma apenas habría cambiado sus impuestos.
Las obligaciones del autónomo de hostelería con empleados
La hostelería es el sector en el que más autónomos tienen personal. Si eres autónomo de hostelería y contratas, a tus impuestos se suman estas obligaciones:
- Alta del trabajador en la Seguridad Social antes de que empiece a trabajar, y cotizaciones mensuales.
- Retenciones de las nóminas, que ingresas cada trimestre con el modelo 111, y su resumen anual, el modelo 190, en enero.
- Alquiler del local: si el arrendador es un particular o una empresa y te corresponde retener, el modelo 115 cada trimestre.
- Módulos: cada persona asalariada cuenta en el cálculo; avisa a tu gestoría de cualquier alta, baja o cambio de jornada.
Y si tu familia te echa una mano en el bar, ojo con cómo cotiza: lo explicamos en autónomo colaborador.
Tickets, facturas y caja registradora
Como autónomo de hostelería puedes emitir factura simplificada (el ticket) hasta 3.000 € IVA incluido, según el Reglamento de facturación, así que en el día a día casi nunca necesitas una factura completa. Si un cliente empresario te pide factura con sus datos para deducirse el IVA, tendrás que hacérsela. Para separar el IVA del 10 % de un ticket, divide el total entre 1,10 o usa la calculadora de IVA.
Si cobras con un TPV o un programa de caja, pregunta a tu proveedor por su adaptación a Verifactu. La fecha legal vigente sigue siendo el 1 de julio de 2027 para los autónomos, aunque el 5 de octubre de 2026 Hacienda anunció que la aplazará a octubre de 2028 para quienes facturan hasta 8 millones de euros; falta el real decreto que lo apruebe. Te explicamos quién está obligado en cuándo es obligatorio Verifactu.
Autónomo de hostelería: preguntas frecuentes
¿Qué le conviene más a un autónomo de hostelería, módulos o directa?
Los módulos suelen compensar en bares estables, con buenas ventas y pocas inversiones. La estimación directa compensa al autónomo de hostelería que empieza, que tiene márgenes bajos o que va a hacer una reforma grande. Lo sensato es hacer los números con tus datos de un año completo.
¿La máquina tragaperras cuenta en los módulos?
Sí. En el epígrafe 673.2 cada máquina tipo B suma 2.947,75 € al rendimiento del IRPF y 655,45 € a la cuota del IVA en 2026. Según la Orden, los módulos ya incluyen los ingresos de otras máquinas de recreo accesorias, como el billar o el futbolín.
¿Un chiringuito o una caseta de feria va en módulos?
Los servicios en quioscos, cajones, barracas u otros locales análogos (epígrafe 675) están en la Orden de módulos. Pero cada caso tiene sus particularidades, sobre todo si la actividad es temporal: revísalo con tu gestoría antes de darte de alta.
¿Un autónomo de hostelería puede salir de módulos en 2027?
Sí: con el modelo 036 de renuncia en diciembre de 2026 o presentando en plazo el 130 del primer trimestre de 2027. La renuncia te obliga durante tres años.
¿El café para llevar va al 10 %?
Sí. El café es un alimento y se vende al 10 % tanto en la barra como para llevar. Lo que cambia para llevar son las bebidas alcohólicas y los refrescos azucarados, que pasan al 21 %.
¿Tienes un bar o un restaurante?
Si eres autónomo de hostelería y quieres saber si te compensa seguir en módulos o pasar a directa en 2027, hacemos los números contigo. Escríbenos a trimestrefacil@hotmail.com. Elegir mal entre módulos y directa en hostelería se paga durante tres años, que es lo que te ata la renuncia. Haz los números con un asesor.
Este artículo es informativo y está actualizado a octubre de 2026. No sustituye el asesoramiento profesional sobre tu caso concreto.


